| Beneficios Arancelarios |
En base a la resolución de Rectorado Nº 190/05 se dispone que los estudiantes tienen la posibilidad de acceder a:
Para ello es importante tener en cuenta los siguientes puntos: |
| 1. Leer detenidamente la Resolución Rectoral Nº 190/05 (expuesta en cartelera y a disposición de los interesados en Biblioteca).
2. Verificar si su situación personal se adecua a algunas de las situaciones que figuren en la Resolución. 3. Presentar la misma completa con los requisitos solicitados. 4. Todos los beneficios deben ser solicitados. 5. Si tuvo algún beneficio en el presente año académico y necesita optar por el beneficio el año próximo, deberá renovar el pedido. 6. Sin son dos o más hermanos o miembros del grupo familiar que solicita, cada uno deberá completar una planilla. 7. Recordar que los beneficios se otorgan a partir de la 2º cuota de cada año académico. Los mismos no incluyen Matrícula y 1º Cuota, que son abonados completos, sin excepción. 8. Los beneficios incluyen el A.B.G. hasta un monto no bonificable que se publicará en la Resolución Anual de Aranceles.- 9. Se informa que personal especializado contratado por la Universidad verificará los datos incluidos en la planilla y situación económica del grupo familiar. 10. Cuando la Universidad FASTA otorgue reducciones arancelarias, podrá solicitarle a los alumnos beneficiarios la prestación de servicios voluntarios en los términos de lo dispuesto en el artículo 59º y siguientes del Régimen Arancelario (Artículo 51º) |
| LOS TRÁMITES SE REALIZAN DEL 5 AL 26 DE DICIEMBRE ANTE LA RESPONSABLE DEL ÁREA, SRA. ELVIRA FESTORAZZI (de lunes a viernes entre las 15 y las 19 hs.) |
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Oficina de Atención al Estudiante Catamarca 2420 |

