- La Biblioteca “Hugo Wast” solo recibirá en carácter de donación aquellos documentos que atañen al perfil de la colección, siempre y cuando no se trate de fotocopias, documentos incompletos, deteriorados (con vestigios de humedad, moho, roeduras de animales e insectos, etc.) o con el sello de propiedad de otra biblioteca.
- La Biblioteca no aceptará la donación de duplicados de ejemplares ya presentes en su colección, salvo excepciones puntuales, tales como títulos que constituyan bibliografía obligatoria de alguna de las asignaturas impartidas en la universidad y que cuenten con alta tasa de circulación, o ediciones más recientes que las disponibles.
- En el caso de publicaciones periódicas, la donación deberá consistir en colecciones completas o que completen las existencias de revistas ya presentes en la hemeroteca.
- La decisión final de la aceptación de una donación siempre quedará a cargo del plantel bibliotecario.
- La biblioteca se reserva la ubicación, organización, uso y destino final del material donado, en función de los intereses institucionales. Tampoco se compromete a asignar un lugar especial a las unidades bibliográficas donadas.
- Las donaciones aceptadas para su ingreso en la biblioteca se admitirán sin ningún tipo de condicionamiento por parte de particulares o instituciones que realicen el legado.
- En el caso de aceptar la donación, la biblioteca se reserva el derecho de canjear, vender o donar los fondos bibliográficos que considere oportunos para el desarrollo coherente de su colección.
- La biblioteca entregará, al momento de la donación, una nota de recepción en la cual el donante firmará la conformidad con lo establecido en el presente reglamento y, a posteriori, una nota de agradecimiento por donación.
- La biblioteca no se hará cargo del traslado de los materiales donados.
- El donante, cualquiera sea su requerimiento o demanda, renuncia a solicitar la devolución de los ejemplares legados.
- Todo donante debe reconocer y dar fe del presente reglamento de donaciones en el momento de la instrumentación preliminar de la donación. Una vez efectuada la donación no se acepta ningún tipo de reclamo por parte del legatario.